Estatuto. Titulo VIII Patrimonio
TITULO VIII
DEL PATRIMONIO DEL SINDICATO
ARTICULO 38º: El patrimonio del sindicato se compone de:
a) las cuotas que la asamblea imponga a sus asociados de acuerdo con este estatuto;
b) las erogaciones voluntarias que en su favor hicieren los asociados o terceros, y con las asignaciones por causa de muerte;
c) el producto de los bienes del sindicato;
d) las multas que se apliquen a los asociados de conformidad con este estatuto;
e) el producto de la venta de sus activos;
f) los bienes que le correspondan como beneficiario de otra institución que fuere disuelta por la autoridad competente;
g) el aporte de los adherentes a un instrumento colectivo y de aquellos a quienes se les hizo extensivo éste por el empleador; y
h) por el producto que generen las actividades comerciales; de servicios, asesorías y otras lucrativas que la organización desarrolle de conformidad a sus finalidades estatutarias.
ARTICULO 39º: Toda firma de convenios con casas comerciales, instituciones de salud u otros, deberá ser aprobada por la asamblea, bajo ninguna circunstancia la directiva o la asamblea podrá comprometer el patrimonio de la organización para responder o avalar las deudas que adquieran sus asociados en casas comerciales u otras instituciones, a través de convenios que ellas hayan celebrado con la organización.
Todo contrato que pueda celebrar la organización y que afecte el uso, goce o disposición de inmuebles deberá ser aprobada en asamblea citada en efecto por el directorio.
La enajenación de bienes raíces deberá tratarse en asamblea extraordinaria citada al efecto por la directiva. La citación a dicha asamblea se hará en conformidad a lo indicado en el Art. 7º, señalando claramente el motivo de la misma.
El quórum de aprobación será del 51% de la totalidad de los socios, esto será a base de los socios inscritos y la votación se llevará a cabo ante un Ministro de Fe.
La persona que ejerza este mandato será designada por la asamblea respectivamente con el mismo quórum planteado anteriormente en este mismo artículo.
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